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A contrario de lo que sucedió en Italia, que centralizó todo el sistema fiscal en el 2019, unificando la facturación B2B, B2C y el control fiscal en una sola plataforma gubernamental, aquí, en España, las autoridades han optado por lo que se denomina un modelo de doble vía, separando Verifactu de la Factura Electrónica obligatoria. Esto es debido a una división de competencias ministeriales, con objetivos regulatorios distintos y a buscar el menor impacto técnico posible en las pymes del país.

CONTENIDOS

Qué significa la doble vía de implementación legal

La situación actual de la morosidad en España

Novedades de la Facturación Electrónica en 2026

¿Cuándo se implantará la Factura Electrónica obligatoria?

Qué significa la doble vía de implementación legal

Por una parte, Verifactu nació dentro de la Ley Antifraude (2021) que, impulsada por el Ministerio de Hacienda, ha buscado principalmente erradicar el software de doble contabilidad mientras que  la Factura Electrónica surge de la Ley Crea y Crece (2022) que, bajo el ala del Ministerio de Economía, pone el foco en la digitalización y en el control de la morosidad comercial. Por eso, la Factura Electrónica regula las relaciones entre empresas y profesionales (B2B) y VeriFactu afecta fundamentalmente al software, obligando a registrar de forma inalterable cualquier venta, incluso las facturas simplificadas a los consumidores finales (B2C)

Con esta doble vía, las autoridades españolas han tratado de controlar el fraude sin tener que obligar a los pequeños comercios a entrar en el complejo ecosistema de intercambio de archivos estructurados comerciales. Estos son formatos de datos organizados de manera predefinida y estandarizada, que las empresas utilizan para almacenar, procesar e intercambiar información de forma automatizada. A diferencia de un texto libre, como un correo electrónico, estos archivos siguen un modelo de datos estricto, que permite a los sistemas informáticos entenderlos y leerlos directamente sin necesidad de intervención humana.En definitiva, España ha preferido un sistema mixto, permitiendo que las plataformas privadas se interconecten entre sí.

Al separar Verifactu de la Factura Electrónica, Hacienda se asegura, por su parte, de recibir todos los datos contables directamente del programa informático de la empresa, como sucede en el caso de Gextor de Extra Software.

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La situación actual de la morosidad en España

La morosidad en España continúa siendo uno de los principales desafíos estructurales para el tejido productivo y para la estabilidad financiera del país. Tras superar crisis previas y la pandemia, la gestión del riesgo de crédito y los plazos de pago han entrado en una fase de vigilancia intensiva, con un entorno macroeconómico de tipos de intereses restrictivos, inflación subyacente y endurecimiento del acceso al crédito. No obstante, el verdadero foco de preocupación actual se ha desplazado hacia la morosidad comercial, que es la que se produce en las transacciones entre empresas (B2B) y entre las  empresas y las administraciones públicas.

Según informes de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), el plazo medio de pago en el sector privado hoy en día excede sistemáticamente los 30 días establecido por la normativa. Por otro lado, las administraciones públicas muestran un comportamiento diverso: aunque la administración central ha logrado agilizar sus procesos, las entidades locales y regionales presentan disparidades flagrantes, con municipios que duplican o triplican el plazo legal de los 30 días.

Así, para combatir esta lacra estructural, los reguladores españoles han apostado por la digitalización como herramienta de control y transparencia. La implementación progresiva de la Ley Crea y Crece, junto con la futura obligatoriedad de la Factura Electrónica en transacciones comerciales, persigue trazar el ciclo de vida de cada factura, fiscalizando el momento exacto del pago y vetando el acceso a subvenciones públicas a las empresas morosas.

La morosidad en España es un problema crónico de liquidez y asimetría en el poder de mercado. Mientras que el canal bancario resiste con solidez, la viabilidad del motor empresarial  depende de erradicar la cultura de pago tardío y de la consolidación de un entorno comercial en donde la puntualidad en el pago sea la norma y no la excepción.

Novedades de la Facturación Electrónica en 2026

Actualmente la normativa de la Factura Electrónica no está cerrada 100%. El Real Decreto (Reglamento técnico de desarrollo de la Ley Crea y Crece) ya ha sido aprobado por el Gobierno.  En él se establecen las reglas del juego entre las plataformas privadas y el sistema público, así como la obligación de informar sobre el estado de las facturas (aceptadas o rechazadas) y cuándo se realiza el pago efectivo, pero todavía falta la aprobación definitiva de la Orden Ministerial, que detallará las especificaciones y los formatos informáticos exactos a utilizar. Sin este documento de soporte técnico detallado, las empresas de software de facturación no pueden finalizar la programación exacta de los formatos y las interconexiones entre los sistemas. Los plazos de obligatoriedad comenzarán a contar una vez que se publique la Orden Ministerial.

Factura electrónica

¿Cuándo se implantará la Factura Electrónica obligatoria?

No obstante, las fechas de aplicación de la Factura Electrónica obligatoria entre empresas y autónomos (B2B) se estructuran de forma progresiva en dos fases principalmente:

  1. Grandes empresas con más de 8 millones de euros de facturación anual: Tendrán la obligatoriedad a los 12 meses de la entrada en vigor de la Orden Ministerial con previsión de arrancar el 1 de octubre del 2027.
  2. Resto de empresas, pymes y autónomos: Tendrán la obligatoriedad a los 24 meses de la entrada en vigor de la Orden Ministerial con previsión de arrancar el 1 de octubre del 2028.

El Real Decreto incluye el reporte de estados obligatorio, es decir, el receptor de la factura debe notificar su estado y confirmar el pago en un plazo máximo de 4 días naturales. También exige enviar una copia estándar en formato UBL a la solución o repositorio público de la administración.

En este contexto, lo más importante es no confundir la Factura Electrónica con Verifactu, sabiendo que en ambos casos hay sanciones. No contar con Factura Electrónica o usar un software no adaptado puede acarrear multas de hasta 10.000 euros; y cifras mayores si se trata de sistemas informáticos irregulares.

La implementación de la Factura Electrónica obligatoria ya no es un proyecto hacia el futuro, sino una realidad inminente que transformará el tejido empresarial. La transición hacia este nuevo ecosistema digital, marcado por los plazos de la Ley Crea y Crece, exige una mentalidad proactiva por parte de las grandes empresas, las pymes y los autónomos. La digitalización de los procesos de facturación no debe percibirse como una simple imposición burocrática, sino como una oportunidad estratégica. Automatizar la emisión de facturas, garantiza la trazabilidad de los estados de pago y cumplir con los requisitos normativos, optimizará la eficiencia operativa reduciendo drásticamente la morosidad comercial.

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