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Aunque inicialmente estaban excluidas de las convocatorias que habían salido, la convocatoria IV del Kit Digital las contempla. Es el Kit Digital para sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades profesionales, Comunidades de Bienes y Sociedades Agrícolas de titularidad compartida. Publicada en el BOE del 22 de julio de este año y disponible desde el pasado 12/09/2023, ha sido la última convocatoria en salir, dado que la de empresas de 50 o más trabajadores se está haciendo esperar. Desgranamos en qué consiste esta convocatoria, por si te encuentras en alguna de las situaciones que contempla.

CONTENIDOS

Beneficiarios de la ayuda en la convocatoria IV

Requisitos para ser beneficiario

Variantes de la convocatoria IV

Cuantía de las ayudas

Plazos

Aunque las bases reguladoras no excluían a estas sociedades explícitamente, en las tres primeras convocatorias no estaban incluidas. Ahora, la entidad Red.es llena este vacío, al abrir una convocatoria específica para ellas. El importe total asignado a esta convocatoria es de cien millones de euros (100.000.000 €), ampliables mediante Resolución del órgano competente.

Toda la información de la convocatoria IV está publicada en la Sede Electrónica de Red.es.

Beneficiarios de la ayuda en esta convocatoria

Las sociedades que sí están incluidas son:

  • Sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Sociedades civiles profesionales.
  • Comunidades de bienes.
  • Explotaciones agrarias de titularidad compartida

Las sociedades que están explícitamente excluidas son:

  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
  • Las uniones temporales de empresas (UTE).
  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  • Los Colegios profesionales.
  • Las sociedades civiles (con la excepción de las sociedades civiles con objeto mercantil y las sociedades civiles profesionales).
  • Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • Y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Requisitos para ser beneficiario

Como en el caso de las otras convocatorias, deben cumplir algunos requisitos:
 
  • Estar situadas en territorio español.
  • Deben estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • Tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Registrarse en el área privada de https://www.acelerapyme.es y rellenar el test de autodiagnóstico digital.
  • Tendrán que estar al corriente de todas sus obligaciones tributarias y no tener  y no tener litigios con ninguna Administración.
categorias y ayudas convocatoria IV Kit Digital

Variantes de la convocatoria IV

La convocatoria IV tiene  algunas variantes respecto a las anteriores:
 
La primera es que, aquellas de estas sociedades que no estén constituidas en escritura pública deberán presentar un modelo de representación legal, nombrando un representante de los integrantes de la sociedad. Se ha habilitado un modelo oficial específico para acreditar esta representación. De la presentación de este modelo solo quedan excluidas las sociedades civiles profesionales. En cuanto a los representantes, estarán obligados a figurar en este modelo todos los representantes de las entidades solicitantes, excepto aquellos  que hayan sido apoderados ante Notario.
 
La otra variante es que no habrá tres áreas diferentes habilitadas en las plataformas, según sea el segmento al que pertenezca la sociedad solicitante. Se hará una única solicitud y será Red.es quien determine a qué segmento corresponde.

Cuantía de las ayudas

Los segmentos se establecen con el mismo criterio que en convocatorias anteriores:
 
a) Segmento I: entre 10 y menos de 50 empleados. Importe de la ayuda 12.000 euros.
b) Segmento II:  entre 3 y menos de 10 empleados. Importe de la ayuda 6.000 euros.
c) Segmento III: entre 0 y menos de 3 empleados. Importe de la ayuda 2.000 euros.
 
En cuanto a las ayudas concedidas por categoría, son las reflejadas en el siguiente cuadro:
categorias y ayudas convocatoria IV Kit Digital
(1) Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre.
 
Fuente: Resolución de la Entidad Pública Empresarial Red.es de esta convocatoria

Plazos

Desde el 12 de septiembre de 2023 a las 11 horas hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11 horas.
Dado que las ayudas se dan en régimen de concurrencia no competitiva, al igual que las otras convocatorias, el plazo puede concluir antes si se agota el crédito presupuestario establecido de cien millones de euros.
 
En conclusión, el Kit Digital para sociedades civiles y otras entidades es una oportunidad para aquellas entidades que se habían visto excluidas de las convocatorias anteriores, y los requisitos son muy similares, quitando la naturaleza de la entidad solicitante, que es la variante principal de esta convocatoria.
 
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