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Finalmente se ha publicado la Orden del Kit Digital. El pasado 30 de diciembre  fue publicada en el BOE la Orden ETD/1498/2021, de 29/12, que aprueba las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para la digitalización denominadas “Programa Kit Digital”, financiadas con los fondos Next Generation EU de la Unión Europea. Las bases especifican los beneficiarios (microempresas, pequeñas empresas y autónomos), los requisitos y los procedimientos que regirán las próximas convocatorias que se vayan realizando de esta ayuda.

 

CONTENIDOS

Beneficiarios del Kit Digital

Requisitos para ser beneficiario

Categorías de las soluciones digitales

Procedimiento de concesión de la ayuda

El rol del agente digitalizador

Beneficiarios del Kit Digital

Según esta Orden del Kit Digital, las ayudas están destinadas a microempresas, pequeñas empresas y autónomos, divididos en a tres segmentos, con diferentes cuantías para cada uno de ellos.

  • El segmento I lo constituyen empresas y autónomos de 10 a 49 empleados, y opta a subvenciones de 12.000 euros.
  • El segmento II lo constituyen empresas y autónomos con 3 a 9 empleados y opta a subvenciones de 6.000 euros.
  • Por último, el segmento III está constituido por empresas y autónomos con 1, 2 o ningún empleado y opta a subvenciones de 3.000 euros.

También se determina que estas ayudas continuarán mientras esté vigente el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia o bien se agote el crédito presupuestario. Las ayudas se concederán de forma directa, por razones de interés público, social y económica y en régimen de concurrencia no competitiva. Es decir, si se cumplen los requisitos, se irán concediendo con el único criterio del orden de presentación de solicitudes, hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en cada convocatoria.

Según hemos informado anteriormente, por otras comunicaciones del Gobierno sabemos la primera fase de las ayudas irá destinada a empresas con entre 10 y 49 empleados.

Requisitos para ser beneficiarios

Aunque es importante, el tamaño y empleados de la empresa no son los únicos requisitos. Todas las empresas y profesionales que quieran optar deberán estar en el censo de la Administración Tributaria correspondiente, no tener consideración de empresa en crisis, estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y, en general, no estar incursos en las prohibiciones que establece la Ley General de Subvenciones. Además, la empresa que solicite la subvención deberá informar si ha optado a otras subvenciones por el mismo concepto, y declarar las ayudas por minimis de los dos ejercicios anteriores.

A todos estos requisitos se suma el dar cuenta de la madurez digital realizando el test de diagnóstico digital publicado en la página https://www.acelerapyme.es.

Otro requisito que recoge la Orden del Kit Digital es que las soluciones a implantar deben ser nuevas; o bien, si sustituyen a otras ya adoptadas por los beneficiarios, que supongan una clara mejora funcional.

Una vez concedida la ayuda, la empresa o profesional deberá establecer acuerdos con agentes digitalizadores que presten los servicios digitales solicitados. Y cuando se le implante el servicio solicitado, tendrá que registrar en la contabilidad el detalle de transacciones relacionadas con la ayuda.

El plazo de que dispondrán las empresas para solicitar la ayuda será de tres meses desde la convocatoria, superior si en la misma se establece otro plazo, o bien inferior, si se produce antes el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria.

Categorías de las soluciones digitales

Las categorías de las soluciones digitales financiables con esta ayuda, así como las cuantías máximas que se conceden por cada ayuda, varía según el tamaño de empresa, como podemos ver en esta tabla:

Categorias ayudas kit digital

FUENTE: Boletín Oficial del Estado. Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre

Solo se podrá optar a una solución digital por cada categoría y a una única subvención entre todas las convocatorias del programa.

Los impuestos e intereses, así como las adquisiciones de hardware, terrenos o recursos de conectividad, están exentos de la ayuda. También lo están los gastos derivados de procedimientos judiciales, los financieros o los de infraestructura y obra civil, así como las labores de gestión de terceros para la obtención de la ayuda.

Procedimiento de concesión de la ayuda

La ayuda se concederá y notificará al beneficiario en un plazo máximo de seis meses desde la solicitud.

Una vez concedida la ayuda (denominada bono digital), se deberá formalizar un acuerdo con u agente digitalizador como máximo en 6 meses desde la concesión de la ayuda.

Una vez firmado el acuerdo, el agente digitalizador presentará una única factura, pero el cobro se realiza en dos veces, el 70% tras la justificación de la primera fase, de un máximo de tres meses; y el 30% restante tras justificar la segunda fase, cuya duración es 12 meses.

La solución se pagará mediante la cesión del cobro al Agente Digitalizador de la subvención concedida (bono digital).

El rol del agente digitalizador

El agente digitalizador, no solo debe suministrar la solución de digitalización en el plazo permitido. Además, la empresa beneficiaria delega en él para justificar la actividad subvencionada, presentando la documentación que se indica en la Orden tres meses después de cada fase como máximo. Por último, deberá custodiar toda la documentación que conforma la cuenta justificativa simplificada, durante un mínimo de 4 años desde la finalización del plazo de justificación.

La orden detalla también en sus anexos el contenido mínimo del acuerdo de prestación de Soluciones de Digitalización entre beneficiario y agente digitalizador, así como las doce categorías de las soluciones de digitalización, con los plazos para llevar a cabo cada una de ellas.

Por último, hay que aclarar que en tanto no se publique una convocatoria para las empresas solicitantes en la sede electrónica de Red.es, no se puede optar a las ayudas del Kit Digital y, por tanto, tampoco empieza a correr el plazo para obtener la subvención.

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