Servicio de Atención al Cliente: 902 170 000 comercial@extrasoft.es

SILICIE (son las siglas de Suministro Inmediato de Libros de Información Contable de Impuestos Especiales) es el nuevo sistema que implantará la Agencia Tributaria para controlar la contabilidad de impuestos especiales de los productos que los requieren. Entre los productos que requieren Impuestos especiales tenemos la cerveza, vino y bebidas derivadas del alcohol, bebidas fermentadas y productos intermedios, los hidrocarburos y las labores del tabaco.

¿Quiénes están obligados a SILICIE?

Están afectados los establecimientos que fabriquen o almacenen los productos mencionados y los establecimientos que almacenen y comercialicen productos afectados por los impuestos a bebidas alcohólicas y tabaco conjuntamente.

Obligará a fábricas, depósitos fiscales, almacenes fiscales, depósitos de recepción, fábricas de vinagre y en general todos aquellos que establecimientos relacionados con las actividades y productos mencionados..

Está regulado por el Real Decreto 1512/2018, que modifica artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales. En él se informa de un nuevo sistema para facilitar el registro en tiempo casi real de la información contable por parte de la AEAT. Al igual que sucedió con el SII para las grandes empresas, el SILICIE también supone la supresión de ciertos impuestos, como el 570 (e Declaración de Operaciones respecto a hidrocarburos), el 553 (Declaración de operaciones en fábricas y depósitos de vino y bebidas fermentadas) y el 548 (Declaración informativa de cuotas repercutidas).

Está pendiente aún el desarrollo normativo que especifique en detalle las obligaciones de los afectados por el Real Decreto.

¿Cuándo se aplica el sistema para enviar la contabilidad de impuestos especiales?

Según la ley, a partir del 01/01/2020 será obligado cumplir con el Reglamento que obliga a este nuevo sistema.

Para las empresas de desarrollo el Entorno Real de suministro (el que se activará desde 2020) funcionará en Modo Test entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de Diciembre de 2019. De hecho, se había previsto que empezara este modo test se iniciara el 15 de Septiembre, pero finalmente se ha retrasado.

La última quincena de diciembre el sistema se cerrará para que la AEAT pueda limpiarlo para ponerlo de nuevo en marcha en modo real en enero.

¿Cómo funciona el sistema para enviar la contabilidad de impuestos especiales?

Los obligados deberán suministrar telemáticamente los libros que reflejen procesos de fabricación, movimientos de productos y existencias (incluidas materias primas) y las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación y circulación.

Una de las consecuencias directas de este sistema es que no se podrá anular el envío de los asientos suministrados a la AEAT, sino que habrá que hacer contrasientos. En concreto, si la remisión del asiento ha sido un error habrá que dar de baja el asiento en la contabilidad y dar de alta uno nuevo con la referencia del anulado, que es el que se remite.

En el caso de los plazos, hay más flexibilidad para procesos de fabricación, pero los movimientos de productos terminados habrá que informarlos en un plazo de 24 horas. Las empresas habrán de hacerse por tanto con herramientas informáticas que permitan responder con esta inmediatez, como ya sucedió con el SII.

Según la Agencia Tributaria hay varios sistemas de suministrar electrónicamente la contabilidad de impuestos especiales.

  • Directamente a la Agencia Tributaria se permite hacer mediante Formulario en la sede electrónica de la misma.
  • Telemáticamente mediante importación de ficheros desde Agencia Tributaria.
  • De manera también telemática, mediante Servicios Web, para lo que es necesario algún tipo de herramienta.

En Extra Software, estamos trabajando en la optimización del software que permitirá la remisión telemática de la información a la Agencia Tributaria. Si estás interesado contacta con nosotros y te informaremos de las condiciones comerciales.

¡SI TE GUSTÓ, COMPÁRTELO!