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La vuelta de tuerca que dio la ley contra el fraude fiscal a la normativa para fabricantes de software y empresas aún no ha llegado al final. La ley, publicada el año pasado,  prohibía el software de doble uso y preveía también un desarrollo reglamentario, que hasta ahora no se ha publicado, en el cual se detallaría supuestamente la certificación del software por ley. Sin embargo, la ley incluía también otros importantes aspectos que debemos tener en cuenta, como la limitación del uso de efectivo, los cambios en la Ley General Tributaria o los que afectan a impuestos tan importantes como el de Sociedades, el IRPF, el ITP y el de Sucesiones y Donaciones.  Algunos artículos, como el referente al valor de referencia de los inmuebles, se aplican desde 2022. Te explicamos en detalle los cambios y lo que suponen.

CONTENIDOS

Mayor limitación de pagos en efectivo

Nuevo valor de referencia de los inmuebles

Reducción de las sanciones si hay acta de acuerdo (Ley General Tributaria)

Reducción de los recargos por presentación de declaraciones fuera de plazo

Cambios en el Impuesto de Sociedades (IS) y el IRNR de la ley contra el fraude fiscal

Cambios en el IRPF de la ley contra el fraude fiscal

La Ley contra el fraude fiscal 11/2021, de 9 de julio, se publicó en el BOE el 10/07/2021, por lo que entró en vigor para buena parte de su articulado el 11/07/2021. La norma es una trasposición de la Directiva (UE) 2016/1164, de 12/07/2016, y pretende combatir el fraude fiscal en varios frentes. También busca como veremos aligerar determinados recargos y sanciones, para favorecer las actas de acuerdo entre la Agencia Tributaria y los contribuyentes sancionados.

Mayor limitación de pagos en efectivo

Una de las medidas que ha tenido mayor eco es la limitación de los pagos en efectivo en operaciones cuando una de las partes intervinientes es un empresario o profesional, en que pasa de 2.500€ a 1.000€. En el caso de personas físicas cuyo domicilio fiscal esté fuera de España, pasaría la limitación de 15.000€ a 10.000€. En caso de incumplimiento de esta norma, la base de la sanción es la cuantía pagada en estas operaciones que supere ambos límites. Esta norma se ha criticado por organizaciones como la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución, y otras, objetando que hay muchos empresarios individuales y profesionales que no realizan grandes operaciones con tarjetas de crédito. Por tanto, aducen, la norma podría redundar en una disminución de las operaciones que pretender regular, perjudicando al comercio.

Reducción de las sanciones si hay acta de acuerdo (Ley General Tributaria)

Las sanciones en caso de inspección de Hacienda tienen un cambio favorable al contribuyente, si hay acta de acuerdo. En concreto, pasan del 50% al 65% por ciento de reducción. También las reducciones por pronto pago aumentan, pasando de 25% a 40%.

Se modifica igualmente el plazo de inicio del expediente sancionador a consecuencia de un procedimiento iniciado mediante declaración o de un procedimiento de verificación de datos, comprobación o inspección. En estos casos pasa de 3 a 6 meses.

Cualquier sanción no recurrida y no firme cuando desde que ha entrado en vigor esta ley, se puede beneficiar de estas reducciones y plazos.

Nuevo valor de referencia de los inmuebles

Otra importante variación que introduce la noma, y que afecta tanto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y AJD, como al de Sucesiones y Donaciones y el de Patrimonio, es la valoración de los inmuebles.

Según la nueva ley, pasa de ser el llamado “valor real”, que ha dado lugar a muchos litigios por su inconcreción, al “valor de referencia”, basado en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizados y formalizados y fijado por el Catastro mediante un procedimiento administrativo. En caso de que el contribuyente no esté de acuerdo, podrá solicitar la rectificación de la liquidación presentando un recurso (antes era Hacienda la que debía impugnar si consideraba que el valor de escritura no era el valor real). Según entidades jurídicas, este cambio perjudica a los contribuyentes.

Solo en el caso de que el inmueble no tenga valor de referencia se utilizará el valor de mercado, que bien puede coincidir con el de escritura, teniendo Hacienda que demostrar lo contrario en estos casos. El nuevo valor de referencia aplica para inmuebles adquiridos o transmitidos desde el 01/01/2022, por lo que los adquiridos o transmitidos el año pasado, aunque sea con posterioridad al 11/07/2021, sigue en vigor el valor anterior.

La norma también elimina en para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, determinados beneficios fiscales obtenidos por los pactos sucesorios existentes en Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña y Baleares.

ley contra el fraude fiscal

Reducción de los recargos por presentación de declaraciones fuera de plazo

También se alteran otros aspectos de la Ley General Tributaria. En concreto, los recargos por presentaciones de declaraciones fuera de plazo pasan a ser de un 1% por cada mes completo de retraso, hasta un máximo de 15% en el caso de 12 meses de retraso. Según la regulación anterior, se partía de un 5% de recargo y se llegaba a un máximo del 20%.

En el caso de devoluciones indebidas que se traduzcan en obligaciones de ingresar a Hacienda, pasan a exigirse recargos, en lugar de intereses de demora por la devolución indebida.

Cambios en el Impuesto de Sociedades (IS) y el IRNR de la ley contra el fraude fiscal

La norma persigue la finalidad de controlar la tributación de las SICAV, entidades de inversión colectiva que tributan al 1%. Para evitar que se utilicen para aplicar esta tributación a patrimonios personales, se establecen mecanismos para controlar que los 100 accionistas mínimos que requieren estas sociedades tienen interés económico en las mismas y solo computarán para el cálculo de estos accionistas mínimos:

• Los titulares de al menos 2.500 euros, computados según el valor liquidativo en la fecha de adquisición de las acciones.
• Para las SICAV por compartimentos, que requieren un mínimo de 20 accionistas por cada uno, computarán solo los que tengan invertido al menos 12.500 euros.

Además, ese número mínimo de accionistas deben permanecer en la sociedad os días que representen al menos las tres cuartas partes del período impositivo.

La norma supone también un nuevo régimen internacional, en concreto para la imposición de salida de Entidades Residentes. Cuando una entidad residente se traslada fuera de un país miembro, como es el caso de España, debe tributar en territorio español por la diferencia entre el valor de mercado y el valor patrimonial de sus elementos patrimoniales.

Según esta ley, la deuda generada se puede fraccionar en cinco partes iguales anuales desde el 01/07/2021.

Esto también aplica para el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), cuando una entidad no española que tenga su Establecimiento Permanente en España traslada su actividad al extranjero.

Cambios en el IRPF de la ley contra el fraude fiscal

Por último, la ley también supone cambios para el IRPF.

Uno de ellos afecta a la reducción del 60% de los rendimientos de capital inmobiliario en supuestos de arrendamientos de bienes inmuebles dedicados a vivienda. Esta reducción solo afectará, según esta ley, a rendimientos incluidos en una autoliquidación presentada antes del inicio de un procedimiento de verificación de datos, comprobación limitada o inspección.

También hay un cambio que afecta a los pactos sucesorios, con aplicación desde el 11/07/2021. En concreto, cuando el adquiriente beneficiario transmite los bienes adquiridos antes de 5 años desde el pacto sucesorio o el fallecimiento del causante, se podrá subrogar a la posición de este respecto al valor y fecha de adquisición de los bienes, si este es inferior al que determine el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Otra medida es que se homogeneiza el tratamiento de las inversiones en Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), con independencia de que se realicen en el mercado nacional o en el extranjero.

Por último, destacamos también el control de la moneda virtual, en la que se establece la obligación de suministrar a Hacienda la información tanto de los saldos que mantienen los titulares de etas monedas, como de las operaciones sobre las mismas.

En definitiva, la ley no solo afecta a la regulación del software, con la prohibición del software de doble uso, sino que es mucho más amplia, y constituye una completa actualización de la ley contra el fraude fiscal, afectando tanto a la Ley Tributaria General como a los principales impuestos.

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